Por las consideraciones anteriormente expuestas, esta Corte de Apelaciones con Competencia en Delitos de Violencia Contra la Mujer y Reenvío en lo Penal del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, impartiendo justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, decide: Declara Sin Lugar el recurso de apelación presentado en 10 de abril de 2014 por la ciudadana Jessica M. Volweider R., contra la decisión de fecha 07 de abril de 2014, dictada por el Juzgado Cuarto en Funciones de Control, Audiencia y Medidas de este Circuito Judicial y sede, mediante la cual decretó la privación judicial preventiva de libertad de su defendido, ciudadano Juan Carlos Díaz, titular de la cédula de identidad Nº V.-12.071.185, por la presunta comisión del delito de Violencia sexual agravada, tipificado en el artículo 43 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, por consecuencia, se confirma el fallo apelado.
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