En virtud de los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Tribunal Sexto de Primera Instancia de Violencia contra la Mujer en funciones de Control, Audiencias y Medidas del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, impartiendo justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: DECRETA el SOBRESEIMIENTO DEL PRESENTE PROCESO PENAL, seguido al ciudadano ARGUELLO AGUDELO RICHARD MANUEL, quien es venezolano, nacido en San Fernando de Apure, fecha de nacimiento 07-10-1975, de 37 años de edad, de estado civil soltero, titular de la cédula de identidad Nº 12.864.516, Domiciliado en: Barrio morochito Rodríguez, callejos la negra, sector las barras, Catia. Teléfonos 0412.702.90.10, 0412.218.40.82 (oficina), por la comisión del delito de Violencia Física, previsto y sancionado en el artículo 7 en relación con el artículo 17 de la derogada Ley .....