En merito de las anteriores este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Tribunal Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, actuando en sede Constitucional, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declarar CON LUGAR la presente ACCIÓN DE AMPARO CONSTITUCIONAL, intentada por los ciudadanos PATRICIA DEL CARMEN FLORES GONZALEZ y JOSE VICENTE OLIVAR AVENDAÑO, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nº V-11.990.487 y V-12.054.326, respectivamente, debidamente asistidos por la abogada INGRID ZULEIMA CASTRO ALDANA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 77.427, contra del COLEGIO MARIA INMACULADA ¿LOS DOS CAMINOS, representada por las ciudadanas MARIA EUGENIA VIQUEZ VIGUEZ y EUNICE JAIMES L, venezolanas, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº V-5.600.757 y V-6.401.....