En el día de hoy 13/12/13 se procedio a dictar sentencia mediante la cual se declaro: CON LUGAR la Acción Mero Declarativa de Reconocimiento de Comunidad Concubinaria, incoada por la ciudadana JOSEFINA VIANA AINSILIE, venezolana, mayor de edad titular de la cédula de identidad Nº V.-6.170.248, y a favor de la niña MARÍA VICTORIA RIVERO VIANA, en consecuencia, este Tribunal dispone: PRIMERO: Se declara la existencia de la comunidad concubinaria entre la ciudadana JOSEFINA VIANA AINSILIE, antes identificada, y el de cujus CECILIO ANTONIO RIVERO SALAS, quien fuera venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-5.302.842, la cual se inició a principios del mes de febrero de año 2003, y transcurrió de manera estable, continua, pública, pacifica, ininterrumpida hasta el día ocho (08) de febrero de 2012, fecha en la cual fallece el precitado ciudadano.