este Tribunal Primero (1°) de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y para el Régimen Procesal Transitorio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, Impartiendo Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la CONVERSIÓN DE SEPARACIÓN DE CUERPOS Y BIENES EN DIVORCIO, de los ciudadanos BEATRIZ CAROLINA PEÑALVER APARICIO y FABIAN ALEJANDRO RADA MEJIAS, ambos venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-15.911.565 y V-14.881.442, respectivamente. En tal virtud, queda disuelto el vínculo matrimonial que contrajeron en fecha diecisiete (17) de octubre de dos mil dos (2002), ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia San Pedro, Municipio Libertador del Distrito Capital, tal y como se evidencia del Acta de matrimonio anotada bajo el Nro. 70, del Libro de R.....