Se dictó RESOLUCIÓN mediante la cual este Tribunal DECRETO LA SEPARACION DE CUERPOS Y BIENES, en los mismos términos, y condiciones por ellos convenidos, de conformidad con los artículos 189 y 190 del Código Civil, presentado por los ciudadanos ANGELICA MARIA CINIGLIO CABEZA y DANIEL ALEXANDER GUZMAN LOPEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-17.560.947 y V-16.970.644, respectivamente, debidamente asistidos por la ABG. JAIVIS TORRES, inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nº 103.643. Igualmente se HOMOLOGO lo acordado por las partes en cuanto a la Responsabilidad de Crianza: Custodia, Régimen de Convivencia Familiar y Obligación de Manutención, en relación al niño SE OMITE LOS DATOS DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 65 DE LA LOPNNA.-