Se dictó RESOLUCIÓN mediante la cual este Tribunal declaro CON LUGAR la presente solicitud de divorcio formulada por los ciudadanos WILLIAMS VALERIO MORILLO CORNIEL y GINETTE MARGARITA CAHUATIGUA DURAN, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las Cédulas Identidad Nros. V-12.501.940 y V-11.666.316, respectivamente, con fundamento en el Artículo 185-A del Código Civil, así mismo se HOMOLOGO lo acordado por los solicitantes en relación a la Patria Potestad, Responsabilidad de Crianza, Obligación de Manutención y Régimen de Convivencia Familiar del adolescente SE OMITE LOS DATOS DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 65 DE LA LOPNNA-