/CURADOR/Este tribunal Noveno , Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en uso de sus facultades legales y de acuerdo con lo establecido en el artículo 110, se discierne en la persona del ciudadano: GERVACIO SANCHEZ DAVILA, titular de la cédula de identidad número V.-6.522.753, el cargo de CURADORA AD-HOC del adolescente SE OMITE LA IDENTIFICACION, de doce (12) años de edad, hijo del solicitante ciudadana ISMAILYN PARRA SANCHEZ, titular de la cédula de identidad número V.-16.202.717.