Este Tribunal RATIFICO LA MEDIDA DE PROTECCIÓN CONSISTENTE EN COLOCACIÓN A EJECUTARSE EN LA ENTIDAD DE ATENCIÓN a favor de los adolescentes SE OMITE LA IDENTIFICACIÓN, de actualmente 15 y 13 años de edad, respectivamente, consistente en Colocación en Entidad de Atención a ejecutarse en la, Casa Hogar "Hogar Meridional Vargas" y Proyecto Social "Villa La Merced" respectivamente, por lo que deberán permanecer en dicha entidad. Asimismo, por cuanto la adolescente SE OMITE LA IDENTIFICACIÓN, que actual mente es mayor de edad y que se encuentra SUSPENDIDA LA MEDIDA DE PROTECCION, que se venia ejecutando en la Entidad de Atención Casa Hogar "Monseñor Arias Blanco", por cuanto no existe Sujeto de Protección por parte, este tribunal considera que en virtud de que la joven ut supra, se encuentra en el proceso de incorporación al campo laboral, deberá permancer en la entidad de atención a fin de que el estado continúe brindandole apoyo para la formaciónde ciudadanos comprometido con el proceso
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