Vista el acta que antecede, mediante la cual se dejó constancia de la realización de la Fase de Mediación de la Audiencia Preliminar en la presente causa, asimismo de la comparecencia deja constancia de la comparecencia del ciudadano VICTOR WOOHAN POON LI, y ciudadana SUSANA ISABEL PEREZ DE POON, quienes una vez reunidos con la ciudadana Juez de este Despacho Judicial, llegaron a un acuerdo Definitivo en cuanto al Régimen de Convivencia Familiar a favor de sus hijos los niños SANTIAGO SE OMITE SU IDENTIDAD, Ambas partes solicitan la homologación del presente acuerdo de carácter definitivo...". En consecuencia, esta Juez, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley HOMOLOGA dicha acta en todas y cada una de sus partes, todo de conformidad con lo establecido en los artículos 387 y 518 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes