RESOLUCIÓN HOM. CONV. OM DH/Se dictó sentencia en la cual este Tribunal admitió la presente solicitud conforme a la Ley e impartió homologación del acta suscrita en fecha 15/12/11, referente a CONVENIMIENTO DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, presentado por la ciudadana ANA PÉREZ, titular de la cédula de identidad número V-13.457.547, en su carácter de Defensora de Niños, Niñas y Adolescentes N° 290, de la Defensoría del Niño, Niña y del Adolescente "Miguel Rivera" de la Fundación Escuela de Gerencia Comunitaria, registrado ante el CNMDNNA, bajo el N° 11, de la Parroquia Antemano del Municipio Bolivariano Libertador, actuando en resguardo y beneficio del niño SE OMITE LA IDENTIFICACION, de un (01) año de edad, a solicitud de los ciudadanos JOSÉ ALVEIRO MEDINA MONSALVE y FLORELVIS DEL CARMEN FARÍAS GUZMÁN, venezolanos, mayores de edad y portadores de las cédulas de identidad números V-18.577.674 y V-18.331.516, respectivamente, de conformidad con lo establecido en los art. 375 y 518 lopnna.
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