RESOLUCIÓN/ACLARATORIA DH/Se dictó resolución en la cual este Tribunal subsana el error suscitado en el fallo dictado por este Despacho en fecha dos (02) de abril de dos mil doce (2012), donde se lee: "¿SE OMITE LA IDENTIFICACION¿", lo cual es incorrecto, debe decir: "¿ SE OMITE LA IDENTIFICACION¿", que es lo correcto. Asimismo, donde se lee: "¿Mediante escrito presentado en fecha veinte y tres (23) de noviembre de dos mil nueve (2009), conjuntamente por los ciudadanos RICARDO DOMINGO BARRIENTOS y MÓNICA LILIANA ZENOBLE, mayores de edad, portadores de las Cédulas de Identidad Nº E-81.945.765 y E-81.947.420, respectivamente¿", lo cual es incorrecto, debe decir: "¿Mediante escrito presentado en fecha dos (02) de septiembre de un mil novecientos noventa y uno (1991), conjuntamente por los ciudadanos RICARDO DOMINGO BARRIENTOS y MÓNICA LILIANA ZENOBLE, mayores de edad, portadores de las Cédulas de Identidad Nº E-81.945.765 y E-81.947.420, respectivamente¿", conforme al art. 252