En el día de hoy 03 de febrero de 2011, se dictó decisión en virtud del desistimeinto hecho en fecha 01 de febrero de 2011, en el cual el demandante ciudadano HECTOR JOSE BELLO CORREA, compareció por ante la Fiscalía Nonagésima Primera (e) del Ministerio Público a cargo Dra. GLORIA GONZALEZ MARIN, suscribiendo un Acta a los fines de desistir de la Acción de Régimen de Convivencia Familiar a favor de sus hijos los niños SE OMITEN DATOS, de siete (07) y un (01) años de edad, respectivamente y en contra de la ciudadana KAREN ALEJANDRA YEPEZ, manifestando en dicho acto su propósito de abandonar la instancia y el derecho que se reclama, extinguiéndose así la relación procesal.