se declara CON LUGAR la conversión en divorcio de la separación de cuerpos y bienes de los ciudadanos ISABEL MERCEDES ESCALONA SUAREZ y CONSTANTINO LOPEZ BELLO, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros. V.-16.031.664 y V.-11.741.535, respectivamente, en consecuencia queda disuelto el vínculo matrimonial entre los mismos, contraído en fecha 29 de Agosto de 2009, por ante el Registro Civil del Municipio Sucre de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, asentada bajo acta Nro. 374 del año 2009. Respecto a la Patria Potestad, Responsabilidad de Crianza, Régimen de Convivencia Familiar y Obligación de Manutención a favor de su hijo de dos (02) años de edad, este Tribunal lo HOMOLOGA en todas y cada una de sus partes, tomando en consideración lo acordado por las partes en su escrito de solicitud, el cual formará parte de la presente decisión.