este Tribunal decretó la EJECUCIÓN FORZOSA de la sentencia de homologación de convenimiento de obligación de manutención de fecha 11/07/2014; y en consecuencia decretó MEDIDA PREVENTIVA DE EMBARGO EJECUTIVO SOBRE LAS PRESTACIONES SOCIALES que le correspondan y tenga acumuladas hasta la actualidad el ciudadano FRANCISCO JAVIER CÁRDENAS QUINTERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-13.928.269, devengadas por concepto de la relación laboral que mantiene el mismo con la empresa MINI BRUNO SUCESORES, C.A., ubicada en la Carretera Vieja Caracas-Los Teques, Sector Río Cristal, Macarao. Del mismo modo, y adicional al monto ut supra referido, se ordena el descuento mensual de MIL QUINIENTOS BOLÍVARES (Bs. 1.000,00) de la nómina del obligado, discriminados quincenalmente por la cantidad de SETECIENTOS CINCUENTA (Bs. 750,00) por concepto de Obligación de Manutención a favor de su hijo.