y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de
Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por
Autoridad de la Ley declara CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO 185 del Código Civil, en
concordancia con las Sentencias Nros. 693 y 446, de fechas 02 de junio de 2015 y 15 de mayo de
2014, respectivamente, emanadas de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia,
formulada por los ciudadanos CARMEN MARITZA HERNANDEZ RIVERO y JOSE MIGUEL RIVAS,
venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 6.011.159 y V-
12.150.498, respectivamente. En consecuencia, se declara disuelto el vínculo matrimonial contraído
en fecha 22 de mayo de 1999, por ante la Primera autoridad Civil del Municipio Libertador,
Parroquia la Vega, del Distrito Capital, según consta en Acta Matrimonio Nº 79, llevado por dicha
autoridad civil correspondiente al año 1999, entre los arriba mencionados.