Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Décimo Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO interpuesta por los ciudadanos IDAN JOSE RODRIGUEZ PALACIOS y VICTORIA HERNANDEZ DE RODRIGUEZ, ambos identificados al inicio de este fallo.
SEGUNDO: En consecuencia se declara DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL que se perfeccionó entre los solicitantes el día 3 de octubre de 1988, por ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Libertador, Parroquia Sucre, Caracas Distrito Capital, según se evidencia de acta de matrimonio Nº 640; del Libro de Registro Civil de Matrimonios llevado por esa Autoridad.
TERCERO: Líbrese oficio a la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Sucre, Municipio Libertador del Distrito Capital, al Registro Principal del .....