Con fuerza en los fundamentos precedentemente expuestos, este Tribunal Vigésimo Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando en sede civil, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos MELVIN DE JESÚS BRICEÑO LABARCA y LIBIA MARTINA CLEMENTE DE BRICEÑO, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las Cédulas de Identidad números V-7.711.477 y V-5.529.893, respectivamente, en consecuencia queda disuelto el vínculo matrimonial por ambos contraído por ante la Presidenta de la Junta Parroquial de la Parroquia Leoncio Martínez, Municipio Sucre del Estado Miranda, en fecha 13 de febrero de 1987, según Acta de Matrimonio Nº 9 del Libro de Registros Civil de Matrimonios llevados por dicha Autoridad Civil.
Expídanse copias certificadas de la presente decisión a cada uno.....