DECISIÓN
En fuerza de los razonamientos que anteceden, este Tribunal Décimo Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial Metropolitana de Caracas, en nombre de la República y por autoridad de la ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de divorcio incoada por el ciudadano FRANCISCO ARTURO RODRIGUEZ ACOSTA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad número V-11.064.981, quien contrajo matrimonio con la ciudadana LUZMAR RODRIGUEZ TORTOSA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-11.233.147.
SEGUNDO: En consecuencia, se declara DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL, que unía a los citados ciudadanos, contraído en fecha 26 de abril de 2003, ante la ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Nuestra Señora del Rosario, Municipio Baruta del Estado Bolivariano de Miranda, quedando asentada en el Libro de Registro Civil de Matrimonios Nº 160, llevado por ante ese Despacho, co.....