declara: PRIMERO: CON LUGAR el RECURSO DE HECHO interpuesto por la ciudadana BETSY COROMOTO JEREZ AGUILAR, debidamente asistida por el abogado DANIEL JOHAO CABRAL CASTILLO, contra del auto dictado en fecha 04 de junio de 2026, por el Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que negó la apelación ejercida por la recurrente en fecha 03 de junio de los corrientes, contra la decisión dictada por el Juzgado supra señalado el 22 de mayo de 2026, que declaró INADMISIBLE la demanda que por PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA incoa la referida ciudadana, contra el ciudadano ORLANDO RAMÓN ROJAS VILLAROEL. SEGUNDO: Se ORDENA al Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a oír en ambos efectos el recurso de apelación interpuesto en fecha 03 de junio de 2026, por la ciudadana BETSY COROMOTO JEREZ AGUILAR,.....