DISPOSITIVA
En fuerza de los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Con lugar la acción de cumplimento de contrato de PROMESA BILATERAL DE COMPRAVENTA ejercida por los ciudadanos FRANCHESKA TIBISAY HERNANDEZ VALERA y VLADIMIR JOSE TORRES BRITO, contra el ciudadano JOSE RAFAEL COLMENARES DIAZ, todos antes identificados.
SEGUNDO: Se condena al demandado a dar cumplimiento al contrato de "PROMESA BILATERAL DE COMPRAVENTA", de fecha 03 de febrero de 2024, en el sentido que otorgue ante el Registro Inmobiliario correspondiente, a favor de los demandantes, el documento definitivo de venta del inmueble que a continuación se describe: un apartamento destinado a vivienda, distinguido con el No. 9-B, el cual forma parte del Edificio.....