´Por las motivaciones de hecho y derecho antes expuestas este Juzgado Quinto (5º) Superior Laboral del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, declara: Primero: El Decaimiento del Objeto, en la medida cautelar en la acción de amparo constitucional por omisión y denegación de justicia, en la acción de amparo constitucional incoada por el ciudadano JESÚS RAFAEL BETANCOURT GUERRERO, contra el Juzgado Trigésimo Séptimo (37°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de este Circuito Judicial, por omisión y denegación de justicia; y, Segundo: Dada la naturaleza del fallo, no hay condenatoria en costas.
Dando cumplimiento a lo establecido en las disposiciones del artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, se ordena dejar copia certificada de la presente sentencia en el archivo del Tribunal así como la publicación de la pres.....