-DISPOSITIVA-
Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: HOMOLOGA EL CONVENIMIENTO suscrito en fecha 04 de febrero de 2026, por la sociedad mercantil TOPFLIGHT DE VENEZUELA C.A (TOVENCA), parte actora, y la sociedad mercantil CHARCUTERIA VENEZOLANA C.A., (CHARVENCA), parte demandada; en consecuencia, se procede como sentencia pasada en autoridad de Cosa Juzgada, de conformidad con los artículos 263 y 363 del Código de Procedimiento Civil.
SEGUNDO: Se levanta la medida de Embargo Preventivo decretada en fecha decretada el 17 de diciembre de 2025.
Publíquese, Notifíquese y Regístrese la anterior decisión, de conformidad con lo previsto en el Artículo 247 del Código de Procedimiento Civil.
Déjese copia certificada de co.....