-III-
DECISIÓN
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Quinto en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Se DECRETA la Medida Cautelar Innominada, solicitada por la abogada ZULEIMA ESPINEL, en representación de la Sociedad Mercantil FABRICA DE EMBUTIDOS MIRANDA, C.A., y de los demandados MARIA DEL CARMEN HERNANDEZ DELGADO y ALBERTO PEREZ DIAZ, en contra el auto de fecha 29 de octubre de 2025, dictado por el JUZGADO UNDECIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, todos anteriormente identificados.-
SEGUNDO: Como consecuencia de la anterior declaratoria, se ordena la SUSPENSIÓN provisional e inmediata de los efectos del auto de fecha 29 de octubre de 2025, dictado por el JUZGAD.....