este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley DECLARA PRIMERO: Se DECLARA LA CONFESION FICTA de la parte demandada ciudadanos ARMANDO GILBERTO MENDOZA CASTILLO Y BEATRIZ GRACIELA TORRES SUAREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos V-3.857.468 y V-12.882.403, respectivamente, de este domicilio, así como también al MUNICIPIO IRIBARREN DEL ESTADO LARA, POR ORGANO DE LA ALCALDÍA DEL MUNICIPIO IRIBARREN DEL ESTADO LARA RIF G-200002077.- SEGUNDO: En consecuencia, se declara: CON LUGAR la acción de NULIDAD DE CONTRATO DE COMPRA VENTA, incoada por la ciudadana YDANIS GONZÁLEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-3.964.527, de este domicilio, contra los ciudadanos ARMANDO GILBERTO MENDOZA CASTILLO Y BEATRIZ GRACIELA TORRES SUAREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las céd.....