DISPOSITIVA
En virtud de las razones precedentemente expuestas este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y Del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide.
PRIMERO: Se declara desistido el recurso de apelación interpuesto por la abogada Angélica María Gatica inscritas en el IPSA bajo el N° 111.659 en su carácter de apoderada judicial del accionado Víctor Julio Escalona contra el auto de fecha 28 de Octubre del 2025, dictada Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial.
SEGUNDO: CON LUGAR la apelación interpuesta por el Abogado Alexi Antonio Rodríguez Quiroz, inscrito en el I.P.S.A, bajo el N° 229.872, en su carácter de apoderado judicial del accionado Víctor Julio Escalona, ya identificado en autos, contra la sentencia dictada de fecha 16 de Enero del año en curso por el referido a quo,.....