Por las razones antes expuestas, es por lo que, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Torres de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO POR DESAFECTO, realizada por el ciudadano VICTOR GIOVANNY GARCIA FERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad Nº. V- 17.344.680, contra la ciudadana YERARDIN CAROLINA YORIS SANCHEZ, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad N° V- 19.007.479. SEGUNDO: En consecuencia, SE DECLARA DISUELTO el vínculo conyugal existente entre los mencionados ciudadanos, el cual contrajeron ante el Registro Civil del Municipio Dabajuro, Parroquia Dabajuro, Estado Falcón, en fecha 05 de septiembre de 2014, acta Nº 86, folio N° 59 del año 2014, asentada en los Libros de Registro Civil de Matrimonios llevados ante .....