este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en el artículo 630 en concordancia con el artículo 585 del Código de Procedimiento Civil decreta MEDIDA DE EMBARGO EJECUTIVO, sobre el bien inmueble propiedad de la parte demandada que se describe a continuación: un (1) inmueble constituido por un apartamento destinado a vivienda, distinguido con el numeró y letra DOS D (2-D), ubicado en la esquina sureste de la segunda planta (2da.) de la Torre "A", del Edificio denominado "VILLA Blu", ubicado en la cale Loma Redonda, sector Este de la URBANIZACION Manzanares, Jurisdicción del Municipio Baruta del Estado Miranda, el inmueble tiene una superficie aproximada de CIENTO DIECISIETE METROS CUADRADOS CON NOVENTA Y CINCO DECIMETROS CUADRADOS (117,95mts2), y esta comprendido dentro de los siguientes linderos NORTE: Con el apartamento 2ª ubicado en la misma planta y vestíbulo de distribución por donde tiene su acceso; SUR: con la fachada Sur de la Torre "A"; ESTE: Con la fachada Este de la Torre "A.....