Decisiones del dia 02/10/2006
N° Expediente :
2652-05
N° Sentencia :
Fecha: 02/10/2006
Procedimiento: Cumplimiento De Contrato
Partes: INSTITUTO UNIVERSITARIO DE TECNOLOGÍA Y ADMINISTRACIÓN INDUSTRIAL, I.U.T.A., EXTENSIÓN REGIÓN CAPITAL, S.A. VS. BANCO DE VENEZUELA, S.A.C.A. BANCO UNIVERSAL
Resumen:
Se observa ciertamente que de la revisión exhaustiva del fallo cuya aclaratoria se solicita, se cometieron los errores materiales, alegados por el apoderado judicial de la parte actora. En lugar de aparecer como en realidad es: juicio de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO y no RESOLUCIÓN DE CONTRATO. Igualmente el número correcto de la Cuenta Corriente perteneciente a la parte actora es: 384-858701-7 y no 384-898701 o 384-858701-7, por lo que se declara procedente la aclaratoria solicitada. Así se decide.
Por las razones y consideraciones que anteceden, este Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil Bancario con competencia Nacional y sede en la ciudad de Caracas (en transición), administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: CON LUGAR la aclaratoria solicitada. En consecuencia, téngase como escrito: juicio de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO y la Cuenta Corriente perteneciente a la parte actora es: 384-858701-7,.....
Juez/Ponente:
Carolina Garcia
Organo:
Juzgado Noveno Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito
N° Expediente :
9341
N° Sentencia :
Fecha: 02/10/2006
Procedimiento: Cobro De Bolívares
Partes: COLGATE PALMOLIVE C.A VS DISTRIGLOBAL C.A
Resumen:
De la revisión minuciosa a las actas que conforman en presente expediente, se pudo constatar que existe corrección en la foliatura en la tercera pieza del presente expediente, específicamente a los folios 439 y 440 sin que las mismas fueren enmendadas por el Tribunal. En consecuencia, se le impone al Secretario de este Juzgado salvar las enmendaduras de conformidad con el artículo 109 del Código de Procedimiento Civil. Cúmplase.
En consecuencia, ordena expedir por secretaría las copias certificadas solicitadas con inserción de la diligencia y del auto que la acuerda, todo de conformidad con los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil y, por cuanto en fecha 26 de septiembre del corriente año, se libró oficio Nº 2006-A-0677, remitiendo el presente expediente a la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia, este Tribunal deja sin efecto el mencionado oficio y ordena librar un nuevo oficio. Líbrese.
Juez/Ponente:
Victor Gonzalez
Organo:
Juzgado Superior Septimo en lo Civil, Mercantil y del Transito