Por todo cuanto antecede, esta Corte Superior de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: declara SIN LUGAR el Recurso de apelación interpuesto en fecha 16 de septiembre de 2015, por el ciudadano Marco A. Cimino, Defensor Público 04° de Adolescentes, en contra de la decisión dictada en fecha 09 de septiembre de año 2015, por el Juzgado Sexto de Primera Instancia en función de Control de esta misma Sección y Circuito Judicial Penal, mediante la cual decreto Detención Preventiva para asegurar la comparecencia a la Audiencia Preliminar del adolescente (IDENTIDAD OMITIDA), de conformidad a lo previsto en el artículo 559 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, conforme a lo previsto en el artículo 583 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. SEGUNDO: Se confirma .....