Por todas las consideraciones que han quedado expuestas, este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: consumado el desistimiento, de conformidad con lo establecido en el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, en la solicitud por INSPECCION JUDICIAL, presentada por los ciudadanos ANGEL ALVAREZ OLIVEROS y DANIEL ABREU GONZALEZ, actuando en sus carácter de apoderados judiciales del ciudadano ALEXANDER BLATNIK, por una parte, e igualmente como apoderados judiciales de la sociedad mercantil BETRIBE DE INTERNATIONALE GESCHAFT, CORP, este último funge como representante legal de la mencionada empresa, ambos identificados suficientemente anteriormente en el texto del presente fallo.
Dada la especial naturaleza del fallo no hay especial condenatoria en costas.
Publíquese, regístrese.
Dada.....