Esta Sala de Juicio No. XII, administrando justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, haciendo uso de sus amplias facultades por la Ley en su Artículo 267 del Código Civil, CONCEDE Autorización Judicial amplia y suficiente para que la ciudadana CARMEN HAIDEE PERNIA PULGAR, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad No. V-5.673.414, realice en nombre y representación de su hija XXX, titular de la cédula de identidad No. V-20.606.326, la operación antes mencionada, en los términos y condiciones expresados en la presente solicitud.