Atendiendo a todo lo expuesto, este Tribunal Décimo Tercero de Municipio, Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos NUBIA MERCEDES PUCUTIVO DE MAESTRE y ARTURO JOSE MAESTRE, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-4.598.516 y V-939.417, respectivamente, en consecuencia, se declara disuelto el vínculo matrimonial por ambos contraído en fecha 21 de enero de 1983, por ante la Primera Autoridad Civil del Distrito Heres del Estado Bolívar, según consta de Acta de Matrimonio anotada bajo el Nº 35, del Libro de Registros Civil de Matrimonios llevados por dicha Autoridad Civil.