DECISION
Por las razones antes señaladas, este Juzgado Vigésimo Cuarto (24°)de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Area Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por la autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: Se HOMOLOGA los pagos recibidos por los ciudadanos, JANIA YERALDIN TORRES GALENO, DONATO CABALLERO WILFRIDO y BANQUEZ PALENCIA JAYTYN, antes identificados, cada uno por los montos siguientes: SETENTA MIL BOLIVARES CON CERO CENTIMOS (Bs.70.000,00); SESENTA MIL BOLIVARES CON CERO CENTIMOS (Bs.60.000,00),y OCHENTA MIL BOLIVARES CON CERO CENTIMOS (Bs.80.000,00),respectivamente, cantidades estas, que comprenden la suma transada de DOSCIENTOS DIEZ MIL BOLIVARES CON CERO CENTIMOS (Bs.210.000,00), y entregados por parte de la demandada, a los fines de dar cumplimiento integro del monto condenado en la sentencia dictada en la presente causa, en fecha Doce (12) de Mayo de 2014, por el Juzga.....