"...visto el señalamiento por el Apoderado Judicial de la parte actora, y dando cumplimiento al presente Mandato, donde se ordena la Medida Preventiva de Embargo sobre la cantidad de (Bs.15.412.500,00), menos la cantidad ya embargada preventivamente de (Bs. 452.250,00), procede a Embargar Preventivamente la cantidad existente de (Bs. 553, 11) en la cuenta Corriente Nº 01510063024463007262, que pertenece a la demandada La Sociedad Mercantil Corporación Candy Ven C.A., Rif Nº J-309196332, en esta Institución Bancaria Banco Fondo Comun e instruye al notificado que bloquee la suma liquida disponible antes señalada, en la cuenta corriente Nº 01510063024463007262, perteneciente a la demandada, en aplicación de los dispositivos sobre la materia contemplados en la Ley Orgánica del Poder Judicial y en la Ley sobre Depósito Judicial, ordena desaposesionar jurídicamente el monto Embargado Preventivamente, de la cuenta demandada y mantenerla en la misma institución bancaria, quien queda como Dep.....