DECISIÓN
Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado administrando justicia y por autoridad de la Ley, DECLARA que no tiene competencia para el conocimiento de la demanda presentada por los abogados en ejercicio de este domicilio LORENZO FERNANDEZ GÓMEZ e ISABELLA KAMBO DE BRUCKNER, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nos. 3.396 y 19.978, respectivamente, actuando como endosatarios en procuración de un cheque distinguido con el No. 14560474, girado por "CONSTRUCTORA MACARACUAY, C.A.", contra su cuenta corriente No. 35-01237-2 del Banco Provincial S.A.I.C.A, en fecha 23 de diciembre de 1986 a favor de "OFICINA DE INGENIERÍA HELECOIDAL, C.A.", sociedad mercantil de este domicilio, inscrita en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, el 28 de noviembre de 1983, bajo el No. 82, Tomo 150-A., ya que la misma se encuentra sentenciada, en fecha 07 de noviembre de 1988. En consecuencia, remítase el presente expediente bajo Oficio,.....