Por todo cuanto antecede, esta Corte Superior de la Sección Penal de Responsabilidad de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley: PRIMERO: Admite a trámite la apelación interpuesta por el ciudadano CIMINO JEREZ MARCO ANTONIO, en su condición de Defensor Público N° 4° en la causa seguida a los adolescentes (IDENTIDADES OMITIDAS) en contra de la decisión dictada en fecha 04 de Junio de 2015, por el Tribunal Noveno de Primera Instancia, en funciones de Control, de esta misma Sección y Circuito Judicial Penal. SEGUNDO: La procedencia del escrito interpuesto, será resuelto dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes a la publicación de este auto, tal como lo establece el tercer aparte del artículo 442 del Código Orgánico Procesal Penal, aplicable por remisión del artículo 613 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.
Regístrese, publíquese y notifíq.....