En fuerza de los razonamientos que anteceden, este Juzgado Sexto de Municipio de esta Circunscripción Judicial en nombre de la República y por autoridad de la ley declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio solicitada por los ciudadanos JUAN CARLOS QUEVEDO VIÑA y ROCIO ESMERALDA MONCADA RAMIREZ, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad números V-13.233.438 y V-14.018.356, respectivamente. En consecuencia, DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL que unía a los citados ciudadanos, contraído en fecha 07 de octubre del año 2.005, contrajeron matrimonio ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia San Pedro, Municipio Libertador del Distrito Capital, según consta en Acta N° 82.
Regístrese, publíquese y Déjese copia.