Por fuerza de todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Undécimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, Administrando Justicia, y por Autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR LA DEMANDA interpuesta por el ciudadano NATALIO JESÚS YUNIS MADRIZ contra el ciudadano GUSTAVO MONASTERIO GONZÁLEZ, en consecuencia:
PRIMERO: Se condena al demandado a entregar a la parte actora, totalmente desocupado libre de bienes y personas desocupado, el Local Nº 12-1 que forma parte del inmueble distinguido con el Nº 12, ubicado en la Avenida Los Samanes, Parroquia Santa Rosalía, Prado de María, Municipio Bolivariano Libertador del Distrito Capital .
SEGUNDO: Se condena en costas a la parte demandada por haber resultado totalmente vencida en el presente proceso, de conformidad con lo previsto en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.