Por la razones que anteceden, esta Corte de Apelaciones de Violencia Contra la Mujer del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas con competencia en Materia de Reenvío en lo Penal y En Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, hace el siguiente pronunciamiento: ADMITE el recurso de apelación interpuesto por el abogado CARLOS JAVIER RODRIGUEZ, en su carácter de Abogado Privado del imputado CARLOS EMILIO LOZADA MONTOYA, titular de la Cédula de identidad Nº 24.275.788, contra la decisión dictada en audiencia por el Juzgado Quinto de Violencia Contra la Mujer en Funciones de Control, Audiencia y Medidas de este Circuito Judicial Penal y sede, en fecha 03 de Febrero del 2012, mediante la cual acordó la Medida Privativa de Libertad, contra el mencionado ciudadano, por la comisión del delito de PRIVACIÓN ILEGITIMA DE LIBERTAD, previsto y sancionado en el artículo 174 del Código Penal, de conformidad con lo prec.....