´PRIMERO: CON LUGAR la AUTORIZACIÓN JUDICIAL DE DESAFECTACIÓN O EXTINCIÓN DE LA CONSTITUCIÓN DEL HOGAR, sustentada en el artículo 640 del Código Civil, requerida por el ciudadano MAURICIO ALESKI MARCANO COCCONCELLI, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad N° V-17.704.222, actuando en su carácter de apoderado general del ciudadano ROBERTO ALEXANDRO IGINO SERAFINI LISAGNI, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad N° V-5.534.784.
SEGUNDO: En acatamiento a lo establecido en el artículo 640 del Código Civil, se ordena remitir el presente expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de los Juzgados Superiores del Circuito Judicial del Área Metropolitana de Caracas, con la finalidad que sea consultada la presente decisión. -´