Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Sexto en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, conforme a lo establecido en los artículos 12, 242, 243, 321 del Código de Procedimiento Civil; en sintonía con el 4 de la Ley de Abogado y 26 y 257 de la Carta Magna, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara:
PRIMERO: IMPROCEDENTE el recurso de apelación interpuesto en fecha 27 de septiembre de 2019, por el abogado Carlos Alberto Calanche Bogado, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, en la demanda que por DESALOJO fue incoada por las ciudadanas ZIZELDA ALESSI, GINELDA SILVA MARQUES y MARILYN SILVA MARQUES, contra la sociedad mercantil GRAN CAFÉ GOLDEN GATE, S.R.L, en virtud de verificarse los supuestos de la cosa juzgada por cuanto el Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Transito y Bancario de la Circunsc.....