DISPOSITIVA
Por virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Duodécimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, de conformidad con el artículo 257 de la Constitución Bolivariana de la República Venezuela y los Artículos 769 y 773 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 149 de la Ley Orgánica de Registro Civil, declara:
PRIMERO: CON LUGAR, la solicitud de Rectificación de Acta de Matrimonio Civil, presentada por la ciudadana PIEDAD DE LA CRUZ FLOREZ TAFUR, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cedula de identidad número V- 13.320.216, en consecuencia se rectifica el Acta de Matrimonio Civil de fecha 28 de diciembre de 1993, emitida por el Registro Civil de la Parroquia El Recreo, Municipio Bolivariano Libertador del Distrito Capital, la cual se.....