esta Jueza de Juicio del Circuito Judicial del Tribunal de Protección del Niño, Niña y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana y Nacional de Adopción Internacional, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, le imparte su respectiva HOMOLOGACIÓN, a dicho convenio en cada una de sus partes, dándole carácter de Sentencia pasada en Autoridad de Cosa Juzgada de conformidad con lo previsto en el artículo 518 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, para lo cual se ordena formar un solo cuerpo con el presente fallo. En consecuencia, se ordena a la demandante, ciudadana MARIANNE CAROLINA AÑEZ CHACIN, una vez regrese del viaje comparezca con su hija, la niña (SE OMITEN DATOS CONFORME AL ART. 65 DE LA LOPNNA), de once (11) años de edad y titular de la cédula de identidad Nº V.-28.410.152, al primer día de Despacho siguiente a su retorno, a los fines de dejar constancia en el Tribunal de su regreso al pa.....