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Decisiones del dia 13/06/2012

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado Octavo Superior Del Trabajo
Paginas 1 [Total de sentencias: 5] Página 1 de 1
N° Expediente : AP21-N-2011-000210 N° Sentencia : Fecha: 13/06/2012
Procedimiento:
Recurso De Nulidad
Partes:
CIUDADANO ADRIANO CABRAL DA SILVA C.I. E- 81.720.483, DEBIDAMENTE ASISTIDO POR EL ABOGADO KUNIO HASUIKE, INSCRITO EN EL IPSA BAJO EL N° 72.979, EN REPRESENTACIÓN DE INVERSIONES CRUZ ALTA C.A., CONTRA CERTIFICACIÓN N° 0055-11, DE FECHA 03/03/2011 EMANADO DE LA DOCTORA HAYDEÉ REBOLLEDO EN SU CARÁCTER DE MÉDICO DEL INSTITUTO NACIONAL DE PREVENCIÓN, SALUD Y SEGURIDAD LABORAL (INPSASEL).
Resumen:
En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Octavo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: ÚNICO: CON LUGAR EL RECURSO CONTENCIOSO DE NULIDAD interpuesto por el ciudadano Adriano Cabral Da Silva C.I. E- 81.720.483, debidamente asistido por el abogado Kunio Hasuike, inscrito en el Ipsa bajo el N° 72.979, en representación de Inversiones Cruz Alta C.A., contra Certificación N° 0055-11, de fecha 03/03/2011 emanado de la Doctora Haydeé Rebolledo en su carácter de Médico del Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laboral (INPSASEL). En consecuencia se declara la nulidad del acto administrativo contenido en la Certificación N° 0055-11, de fecha 03/03/2011 emanado de la Doctora Haydeé Rebolledo en su carácter de Médico del Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laboral (INPSASEL). Por.....
Juez/Ponente:
Greloisida Ojeda
Organo:
Juzgado Octavo Superior Del Trabajo
arriba

N° Expediente : AP21-N-2011-000210 N° Sentencia : Fecha: 13/06/2012
Procedimiento:
Recurso Apelación De Nulidad Acto Administrativo
Partes:
CABRAL DA SILVA C.I. E- 81.720.483, DEBIDAMENTE ASISTIDO POR EL ABOGADO KUNIO HASUIKE, INSCRITO EN EL IPSA BAJO EL N° 72.979, EN REPRESENTACIÓN DE INVERSIONES CRUZ ALTA C.A., CONTRA CERTIFICACIÓN N° 0055-11, DE FECHA 03/03/2011 EMANADO DE LA DOCTORA HAYDEÉ REBOLLEDO EN SU CARÁCTER DE MÉDICO DEL INSTITUTO NACIONAL DE PREVENCIÓN, SALUD Y SEGURIDAD LABORAL (INPSASEL).
Resumen:
En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Octavo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: ÚNICO: CON LUGAR EL RECURSO CONTENCIOSO DE NULIDAD interpuesto por el ciudadano Adriano Cabral Da Silva C.I. E- 81.720.483, debidamente asistido por el abogado Kunio Hasuike, inscrito en el Ipsa bajo el N° 72.979, en representación de Inversiones Cruz Alta C.A., contra Certificación N° 0055-11, de fecha 03/03/2011 emanado de la Doctora Haydeé Rebolledo en su carácter de Médico del Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laboral (INPSASEL).
Juez/Ponente:
Greloisida Ojeda
Organo:
Juzgado Octavo Superior Del Trabajo
arriba

N° Expediente : AP21-R-2012-000256 N° Sentencia : Fecha: 13/06/2012
Procedimiento:
Prestaciones Sociales
Partes:
JOSE ANTONIO ROSAL, MAYOR DE EDAD, DE ESTE DOMICILIO, DE NACIONALIDAD VENEZOLANA CEDULA DE IDENTIDAD N° 3.656.008 CONTRA URBANIZADORA NUEVA CASARAPA C.A., DESARROLLO URBANO EL ALAMBIQUE, CA. Y CORPORACIÒN SILRO, CA.
Resumen:
Por las razones expuestas, este JUZGADO OCTAVO SUPERIOR DEL TRABAJO DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Sin lugar la apelación interpuesta por la parte demandada en contra de las actas de embargo dictadas, por el Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 09 de Febrero de 2012. SEGUNDO: Se ratifica las actas de embargo de fecha 09/02/2012 dictada por el Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 09 de Febrero de 2012. TERCERO: Se condena en costas a las codemandadas en virtud de lo establecido en el artículo 60 LOPTRA.
Juez/Ponente:
Greloisida Ojeda
Organo:
Juzgado Octavo Superior Del Trabajo
arriba

N° Expediente : AP21-R-2011-1953 N° Sentencia : Fecha: 13/06/2012
Procedimiento:
Recurso Apelación De Nulidad Acto Administrativo
Partes:
ASOCIACIÓN DE PROFESORES DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL SIMON BOLIVAR, ASOCIACIÓN CIVIL INSCRITA EN LA OFICIAN SUBALTERNA DEL SEGUNDO CIRCUITO DE REGISTRO DEL DISTRITO SUCRE DEL ESTADO MIRANDA, EN FECHA 14 DE DICIEMBRE DE 1970, BAJO EL N° 32, TOMO 49, PROTOCOLO PRIMERO DE LOS LIBROS DE AUTENTICACIONES LLEVADOS POR ESE REGISTRO. CONTRA PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA N° 00335/10 DE FECHA 29 DE JULIO DE 2010, EMANADA DE LA INSPECTORÍA DEL TRABAJO EN EL ESTE DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
Resumen:
En virtud de los razonamientos anteriormente expuesto, este Juzgado Octavo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR EL RECURSO de apelación interpuesto por la parte recurrente sociedad civil ASOCIACIÓN DE PROFESORES DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL SIMON BOLIVAR contra la decisión dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas de fecha 21/11/2011. SEGUNDO: SE REVOCA la sentencia apelada. TERCERO: SE ORDENA la Reposición de la causa al estado de celebración de la Audiencia de Juicio, previa notificación de las partes. CUARTO: No hay condenatoria en costas.
Juez/Ponente:
Greloisida Ojeda
Organo:
Juzgado Octavo Superior Del Trabajo
arriba

N° Expediente : AP21-R-2011-0001097 N° Sentencia : Fecha: 13/06/2012
Procedimiento:
Homologación
Partes:
DOCUMENTOS MERCANTILES S.A. (DOMESA), CONTRA PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA N° 0821-2010, DE FECHA VEINTIUNO (21) DE OCTUBRE DE 2010, DICTADA POR LA INSPECTORÍA DEL TRABAJO "PEDRO ORTEGA DÍAZ", SEDE CARACAS SUR, MUNICIPIO LIBERTADOR, DISTRITO CAPITAL.
Resumen:
Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Octavo Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: ÚNICO: LA HOMOLOGACIÓN del desistimiento de la apelación formulada por la parte recurrente. No hay condenatoria en costas.
Juez/Ponente:
Greloisida Ojeda
Organo:
Juzgado Octavo Superior Del Trabajo
arriba

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