/T.U.U.H/Este Tribunal Noveno Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, sin perjuicio de terceros de iguales o mejores derechos, declaró las presentes actuaciones Título de Únicos y Universales Herederos del De Cujus ADIB CHAHOUAN, quién fuera titular de la cédula de identidad número V-7.976.040, a la ciudadana: GHADA LOZI de CHAHOUAN, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad número V-11.552.081, y a sus hijas: la adolescente: SE OMITE LA IDENTIFICACIÓN, de dieciséis (16) años de edad, titular de la Cédula de Identidad No. V-23.711.308, y las ciudadanas: GHILANE ALEXANDRA, PATRICIA SUAD y KATHERINE ADRIANA CHAHOUAN LOZI, mayores de edad y titulares de las Cédulas de Identidad Nos. V-16.856.025, V-16.856.024 y V-20.630.622, respectivamente. Todo de conformidad con lo previsto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil.