Esta Juez del Tribunal Décimo Tercero (13°) de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Régimen Transitorio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley AUTORIZA AMPLIA Y SUFICIENTEMENTE a la ciudadana SULMA PACHECO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 18.912.692, asistida por la Abg. MARJORIE RONDON, en su carácter de Defensora Pública Vigésima Segunda de Protección del Área Metropolitana de Caracas, en representación de su hija, la niña XXXX, para que tramite única y exclusivamente por ante la Oficina del SAIME, el pasaporte de la niña supra identificada, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 22 de la Ley Especial que rige la materia. A tal efecto se acuerda oficiar a la referida Oficina, comunicándole que la presente autorización es única y exclusivamente para tramitar el pasaporte de los adolescentes de autos, es decir,.....