Visto el convenio de Cumplimiento de Obligación de Manutención, presentado para su homologación por la Abg. CAROLINA MERCEDES GONZALEZ GUEVARA, Fiscal Nonagésima Novena (99ª) del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, actuando en interés y resguardo de los derechos y garantías de la Niña, de nueve (09) años de edad, el cual fue suscrito ante el mencionado Despacho Fiscal en fecha dieciocho (18) de Noviembre de 2008, por los ciudadanos ALVARO ALEXANDER AZUAJE SANTANDER y YURLIN GEORGET MARCANO SANCHEZ, ambos de nacionalidad venezolana, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números V-11.916.888 y V-10.798.772, respectivamente, en beneficio de su hija la niña antes mencionada. Se ADMITE la presente solicitud cuanto ha lugar en derecho, por no ser contraria al orden público, a las buenas costumbres o a alguna disposición expresa de la Ley. Ahora bien, en virtud que se encuentran llenos lo extremos previstos en la Ley; esta Sala de Juicio N° 12 del Circuito Ju.....