Se declaró CON LUGAR y en consecuencia DISUELTO POR DIVORCIO, el vínculo matrimonial existente entre los ciudadanos ROBERT JOSE IZTURRIAGA MARIN y MARISELA MEZA LONDOÑO, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nos. V.-10.530.938 y V.-5.591.207 respectivamente, contraído en fecha veintiséis de noviembre de 1993, por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia San Juan Municipio Libertador del Distrito Federal, hoy Distrito Capital, según acta de matrimonio No 331 de la misma fecha (f-3). De conformidad a lo establecido en el artículo 351 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente, con relación a la Patria Potestad del niño, la misma será ejercida por ambos padres. En relación a la Guarda del niño, quedó establecido de común acuerdo que la misma será ejercida por la madre, ciudadana MARISELA MEZA LONDOÑO, pero el padre tendrá un régimen de visitas abierto e ilimitado, y en relación a la Obligación Alimentaria, amb.....