DECISIÓN
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Noveno en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: SIN LUGAR la Regulación de Competencia planteada por el abogado Adán Rafael Navas Nieves, co-apoderado judicial de la parte demandada. En consecuencia, se declara COMPETENTE al JUZGADO DÉCIMO NOVENO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, para seguir conociendo de la presente causa. Todo ello, en consideración a lo expuesto en el cuerpo del presente fallo.
Se ordena la inmediata remisión del expediente al referido Juzgado Décimo Noveno de Municipio, antes mencionado, a los fines indicados.
Publíquese, regístrese, diáricese, déjese copia certificada de conformidad con lo dispuesto en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, firmada.....